Lo de los agujeros en la pared, no se pueden prohibir (bueno, pequeños, no los que sean como puños). Tal como está la legislación, no hace falta pedir permiso de ningún tipo para hacer cualquier obra o cambio en una vivienda alquilada, siempre que no se trate de obras estructurales o que cambien la disposición general de la vivienda. Es decir, no puedes tirar paredes, abrir ventanas, cambiar el baño, levantar el suelo... pero si hacer agujeros pequeños, pasar cables, pintar al gusto, poner clavos, colgar cuadros, poner estanterias o muebles colgados, o cualquier otra cosa que no sea estructural o cambie la disposición. Pero si se hacen esos pequeños cambios, antes de abandonar el piso tienes que revertirlos (masilla y pintar), a menos que al arrendador le parezcan bien. Si no se revienten y el arrendador no está conforme, simplemente se queda lo que haga falta de la fianza para arreglar esos cambios o daños, y si superan la fianza, que no debería por ser cosas pequeñas, le pasa el pago de los arreglos al arrendatario.